UN SALTO ESPECTACULAR

Dos años y medio después de la fundación de los Misioneros, esta carta aparentemente insignificante, fue la tanto la señal de una detonación en su vida, como un nuevo rumbo.

La carta fue escrita en respuesta a la invitación del Vicario General de la Diócesis de Digne. En ella solicitaba a los Misioneros de Provenza hacerse cargo del santuario de Notre Dame du Laus, a unos 150 kilómetros de Aix y convertirlo en un centro de peregrinación y actividades misioneras.

Mi único deseo es hacer un poco de bien; así que si piensa que el proyecto que ha concebido puede procurar alguna gloria a Dios y contribuir a la salvación de las almas, estoy plenamente dispuesto a prestarme para cualquier arreglo que pueda conciliarse con mis compromisos en esta diócesis y los deberes de mi cargo en nuestra pequeña Sociedad.

Carta a M. Arbaud, el 23 de agosto 1818, E.O. XIII, n. 16

El resultado de la carta de aceptación de Eugenio, fue que:

  • El pequeño grupo de Misioneros se dio cuenta que su futuro no estaba limitado a sólo una casa en Aix en Provenza – como fue su primera intención. Eventualmente abriría el camino a una expansión mundial;
  • El grupo de sacerdotes diocesanos cambiaría su situación, convirtiéndose en un grupo de sacerdotes y hermanos con votos religiosos;
  • Tendrían su primer Regla de Vida completa, como religiosos;
  • Comprendieron que el cuidado de los santuarios Marianos era parte de su carisma misionero.

El fruto de esa decisión es lo que son los Misioneros Oblatos hoy en día. El Padre Yvon Beaudoin nos da los antecedentes:

El Sr. Arbaud, en una carta del 16 de agosto, había propuesto a los Misioneros de Provenza que se establecieran en Laus. Uno de los argumentos que invocaba era muy a propósito para impresionar al P. de Mazenod, cuyas relaciones con los Párrocos de Aix no mejoraban: “Me parece, por otra parte, que le interesa a Ud., decía el Sr. Arbaud, tener bajo su dirección dos casas para hacer cambios que algunas circunstancias pueden exigir. Estar en dos diócesis no es cosa indiferente; así, de suscitarse ciertas nubes en las relaciones con una de las administraciones, se pueden refugiar en la jurisdicción de la otra»

Note 2, E.O. XIII, n. 16

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